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Ayuntamiento de Galapagar

Solicitud Ayuda Nacimiento 2025

Solicitud Ayuda Nacimiento 2025

¿EN QUÉ CONSISTE ESTA AYUDA?

Es una ayuda económica de pago único del Ayuntamiento de Galapagar por el nacimiento, adopción, acogimiento permanente o guarda con fines de adopción de un menor durante 2025. Se abona por transferencia a la cuenta que indique en la solicitud.

Primer hijo/a

100 €

Segundo hijo/a

300 €

Tercer hijo/a y sucesivos

500 €

Familias monoparentales

300 € sea cual sea el orden del hijo/a (salvo que corresponda más por ser el 3º o sucesivo)

Menor con discapacidad ≥ 33 %

500 € adicionales, acumulables a lo anterior

  • En partos, adopciones o acogimientos múltiples se abona el importe de cada menor según su orden (ejemplo: gemelos que son 1º y 2º hijo = 100 € + 300 €).

  • Si las solicitudes admitidas superan el presupuesto, los importes se reducirán proporcionalmente entre todas: nadie queda fuera por agotarse los fondos.

  • Es compatible con otras ayudas públicas, excepto con la ayuda para madres jóvenes de la Comunidad de Madrid.

REQUISITOS PARA SOLICITARLA

Deben cumplirse todos (apartado 7 del formulario), referidos a la persona solicitante y, cuando existan, a ambos progenitores:

  • Convivir con el menor y estar empadronado/s en Galapagar con al menos 5 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores al nacimiento, adopción o acogimiento. Con dos progenitores, ambos en el mismo domicilio (o acreditar la separación o cese de convivencia).

  • Que el menor esté empadronado en ese mismo domicilio desde el nacimiento o la resolución, y lo siga estando al solicitar.

  • Estar al corriente con el Ayuntamiento, Hacienda (AEAT) y la Seguridad Social.

  • NO estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (esa última pregunta del formulario se responde NO cuando se cumplen los requisitos).

El formulario impedirá continuar si sus respuestas indican que no cumple. Todo lo declarado se verificará después con el Padrón y el resto de organismos; la falsedad conlleva la devolución de la ayuda con intereses.

DOCUMENTACIÓN — SOLO EN CASOS CONCRETOS

Con carácter general no hay que aportar nada: el Ayuntamiento consulta sus datos con su autorización. Solo deberá adjuntar:

  • Resolución judicial o administrativa: si el hecho es adopción, acogimiento o guarda.

  • Acreditación de familia monoparental (libro de familia con un solo progenitor, sentencia con custodia exclusiva y declaración responsable, o certificado de defunción): si ha marcado esa condición.

  • Certificado de discapacidad del menor: si ha indicado que tiene un grado reconocido igual o superior al 33 %.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento: para acreditar el nacimiento y el orden del menor.

  • Si no autoriza alguna consulta del apartado 8: DNI del/los progenitores, padrón colectivo, declaración responsable de la situación de la unidad familiar y libro de familia.

PLAZO, RESOLUCIÓN Y PAGO

  • Plazo: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de las bases en el BOCM. Tramitación exclusivamente electrónica en esta Sede.

  • Si falta algo, se le pedirá subsanar a través de la Sede en un plazo de 10 días hábiles.

  • Resolución: máximo 6 meses. Los listados (provisional y definitivo) se publican en la Sede Electrónica, identificados por número de expediente y DNI, con 10 días hábiles de alegaciones tras el provisional.

  • Pago: único, por transferencia bancaria, sin más trámites posteriores.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

 

Responsable del tratamiento

Ayuntamiento de Galapagar, Plaza del Presidente Adolfo Suárez s/n 28260 (Galapagar)

Finalidad del tratamiento

Gestión de las ayudas a la crianza por nacimiento, adopción, acogimiento permanente o guarda con fines de adopción que se tramitan en el Ayuntamiento de Galapagar. Comprobación de los datos para verificar el cumplimiento de los requisitos y obligaciones de los beneficiarios.

Base jurídica del tratamiento

art. 6.1 c) RGPD - el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento; art. 6.1 e) RGPD - el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento; art. 6.1 a) RGPD - consentimiento de la persona interesada respecto de las consultas expresamente autorizadas en la solicitud.

Solicitud de ejercicio de derechos de protección de datos

protecciondedatos@galapagar.es

Delegado de Protección de datos

dpo@galapagar.es

Destinatarios de los datos

Las listas de solicitudes admitidas y excluidas, notificaciones y avisos serán publicados en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Galapagar, así como en su página web y, en su caso, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Información adicional

 transparencia.galapagar.es / Protección de Datos / Información Adicional / Servicios Sociales / Solicitudes.

 

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